El diputado del PAN por Cuauhtémoc, Aníbal Cañez Morales, busca reformar el Código Fiscal local, así como la Ley de Turismo DF, con objeto de regular las plataformas digitales de hospedaje y alojamiento.
“La ausencia de regulación de los servicios de alquiler de alojamiento de corta duración se traduce en que estas plataformas se han convertido en un negocio rentable sin ningún tipo de límite más que la oferta y demanda en el mercado”.
Este tipo de problemática, dijo, incrementa día con día, ya que la Ciudad de México se ha convertido en un atractivo para los extranjeros, en especial durante la pandemia del Covid-19.
“Tiempo en el que comenzaron a trasladarse a la Ciudad; fue la oportunidad para que estas plataformas tuvieran un crecimiento exponencial por la implementación del esquema de trabajo home office”.
Resulta claro, precisó, que existe una problemática, la cual trasciende las políticas públicas seguidas por los distintos gobiernos de la Ciudad de México. “Entendemos que estas plataformas digitales impulsan el turismo, sin embargo, no podemos poner las necesidades de tus ciudadanos y ciudadanas en segundo plano”.
La presente iniciativa se encuentra lejos de ser la solución integral del problema. Sin embargo, sí pretende establecer dos mecanismos para avanzar en el camino hacía un panorama de equilibrio y más justo entre los ecosistemas de negocio mencionados y los negocios tradicionales o el derecho a la vivienda de los capitalinos.
El objeto de esta iniciativa es que las ciudadanas y ciudadanos de la Ciudad de México, al igual que las personas morales dueños de hoteles puedan estar tranquilos que los precios de los inmuebles no sigan incrementando excesivamente debido a la gentrificación, al igual que darles una seguridad que estás personas que rentan sus propiedades a través de alguna plataforma digital estén cumpliendo con sus obligaciones y que se les estén implementando medidas como las mencionadas anteriormente.
Aníbal Cañez habló de las bondades de esta legislación. Incluir a las personas que ofrezcan el servicio de hospedaje y alojamiento de corta duración a través de plataformas digitales en el Código Fiscal de la Ciudad de México como sujetos del Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje y, que se reconozca a las personas que ofrezcan el servicio de hospedaje y alojamiento de corta duración a través de plataformas digitales como prestadores de servicios turísticos y, por lo tanto, queden obligados a las obligaciones contenidas en la Ley de Turismo del Distrito Federal